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JURADO ELECTORIAL REGIONAL LIMA 
DIRECTIVA Nº 001-2022-JER-RL-CAP 

Se pone en conocimiento de los agremiados de la Regional Lima, lo siguiente:

  1. Para la Solicitud de Dispensa y la exoneración de la multa correspondiente por no haber votado en alguna elección por causas de fuerza mayor, se deberá enviar una comunicación al Jurado Electoral Regional Lima, con los correspondientes medios probatorios (Artículo 5º del Reglamento General de Elecciones del CAP).
  2. Para la Solicitud de Levantamiento de Impedimento para Postular en las Elecciones por no haber votado en la última elección por causas de fuerza mayor, se deberá enviar una comunicación a la Decana Regional Lima, con los correspondientes medios probatorios. (Artículo 5º del Reglamento General de Elecciones del CAP).
  3. Cada candidato de una lista se considera además adherente. No se puede ser adherente en más de una lista para los mismos cargos. (Artículo 21º del Reglamento General de Elecciones del CAP).
  4. Para la entrega de los formatos de adherentes y postulantes para los diferentes cargos por parte de los postulantes, serán válidos sólo los que tengan el sello del Jurado Electoral Nacional. (Artículo 22º del Reglamento General de Elecciones del CAP).
  5. De acuerdo al Calendario Electoral, la fecha de la presentación de las solicitudes de inscripción es el miércoles 28 de setiembre de 2022. Se atenderá únicamente de manera presencial en el local del Colegio de Arquitectos del Perú, sito en la Av. San Felipe Nº 999, Jesús María, de 09:00 a.m. a 6:00 p.m. hora exacta. La presentación se realizará en estricto orden de llegada, a cargo del Personero, debidamente acreditado por su lista candidata, quien es el único que ingresará al ambiente acondicionado para tal fin.
  6. En el acto de recepción de documentos se hará una revisión preliminar de los requisitos básicos exigibles, como el número de adherentes, listas completas, formatos utilizados, el Plan de Trabajo que desarrollarán durante la gestión en caso de salir elegidos, entre otros. De comprobarse en ese momento algún incumplimiento de los requisitos básicos los Jurados no aceptarán la presentación ni recibirán los documentos. (Artículo 23º del Reglamento General de Elecciones del CAP).
  7. Es indispensable que el Personero ingrese con los Planillones debidamente llenados de acuerdo a la normatividad, en los formatos distribuidos oportunamente sin enmendaduras, el Programa de Trabajo y el Compromiso de su Cumplimiento. Toda esta documentación deberá estar debidamente foliada al momento de ser entregada.
  8. Concluido el proceso de recepción de listas candidatas, los personeros principales, debidamente acreditados, de cada una de las listas candidatas, asistirán al sorteo que realizará el Jurado Electoral Regional de Lima, para la asignación del NÚMERO que corresponda.
  9. Según el Jurado Electoral Nacional el número mínimo de adherentes que se requiere para la inscripción al Consejo Regional Lima es de 373 Arquitectos habilitados.
  10. Luego de la entrega de los Padrones, el Jurado Electoral Regional Lima hará la depuración respectiva, debiendo cumplir las listas con el número mínimo requerido para su inscripción.
  11. La solicitud de inscripción de cada lista debe contener claramente los nombres y apellidos, el número de Registro de Colegiatura Nacional y la firma de cada candidato y de los adherentes. Cada folio de adherentes debe llevar como encabezamiento la relación de los integrantes de la lista o, para el caso de la Asamblea, de quien la encabeza. Por lo tanto no se aceptarán los Planillones con enmendaduras, o aquellos en los que faltara consignar el nombre completo de alguno de los candidatos, incluyendo a los suplentes.
  12. Todos los candidatos deberán cumplir con todos los requisitos que establece tanto el Estatuto como el Reglamento General de Elecciones del Colegio de Arquitectos del Perú. En el caso que cualquiera de los candidatos a Consejo Regional, titular o suplente, no cumpliera con alguno de los requisitos anulará toda la lista candidata. Asimismo, un candidato a Consejo Regional, titular o suplente, cuya impugnación proceda anulará también la lista candidata (Artículo 24º del Reglamento General de Elecciones del Colegio de Arquitectos del Perú).13. Para el caso de la lista a Consejo Regional, los suplentes consignados en cada una de las listas candidatas no sustituirán a ningún otro candidato eliminado por impugnación o tacha.
  13. El arquitecto adherente que firma en dos o más listas candidatas diferentes al mismo cargo u órgano, anula su firma en todas las listas donde aparezca su firma.
  14. Se invoca a todos los agremiados arquitectos de la Regional Lima, mantener el espíritu de camaradería con la altura ética y moral que éste importante Proceso requiere.

 

 

Lima, 19 de setiembre 2022

Arq. Javier Lorenzo Caravedo Molinari
Arq. Adolfo Maximiliano Tovar Gómez
Arq. Eduardo Guillermo Hernández Egocheaga

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